Hace una semana, la Secretaría General de Gobierno (Segegob) dio a conocer, en una reunión con distintas organizaciones de la diversidad sexual, los contenidos que tendrá el proyecto de matrimonio igualitario que el Ejecutivo presentaría el 28 de agosto. La iniciativa que ingresará a la Cámara de Diputados recoge al menos cuatro puntos esenciales del documento que Fundación Iguales le entregó entregó a la Presidenta, Michelle Bachelet, en abril de 2016.
Si bien habrá que esperar el articulado final de la iniciativa para saber cómo será el matrimonio igualitario en Chile, de acuerdo con lo señalado por la Segegob, La Moneda recogió una parte importante de la propuesta elaborada por Iguales y la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile. Entre los aspectos relevantes destacan la modificación al derecho matrimonial que reemplazará los términos “marido y mujer” por “cónyuges”, la reforma del artículo 182 del Código Civil que permitirá las técnicas de reproducción asistida para parejas integradas por mujeres, la mantención del actual régimen de sociedad conyugal (para no dilatar una discusión que actualmente se encuentra en segundo trámite constitucional) y los cambios a las normas de filiación que admitirán que dos hombres o dos mujeres sean los padres o madres de niños/as y que puedan adoptar.
Respecto de esto último, la fundación queda expectante sobre cómo se resolverá el tema de los hijos de parejas del mismo sexo, sin dejar a los niños y niñas en una situación ambigua respecto de sus padres o madres.
El presidente ejecutivo de Iguales, Juan Enrique Pi, destacó que el Gobierno recogiera estas materias, ya que el proyecto de la fundación fue el primero en considerar derechos filiativos como condición fundamental para hablar realmente de matrimonio igualitario: “Las características dadas a conocer nos parecen el piso mínimo para legislar el matrimonio igualitario en Chile; sin embargo, deberemos esperar para ver la solución propuesta en materia de filiación”.
Asimismo, agregó: “Otro aspecto importante a recalcar son las urgencias legislativas que se den al proyecto para que éste avance en su tramitación, y no se trate de una iniciativa meramente testimonial”.