Texto: El Tiempo / Foto: The Guardian
Dijo que los gays tienen derecho a formar una familia y pidió al Congreso que legisle al respecto.
Por unanimidad, los nueve magistrados de la Corte Constitucional dejaron a salvo la definición de matrimonio que está vigente en Colombia desde 1887 -la unión de un hombre y una mujer-, pero dieron un paso clave en el reconocimiento de los derechos de las parejas homosexuales: señalaron que estos tienen derecho a conformar una familia.
En ese sentido, la Corte exhortó al Congreso a legislar sobre el reconocimiento de las uniones homosexuales, con una fecha límite: si en dos años esto no ha ocurrido (seis iniciativas en el mismo sentido se hundieron en el Legislativo en los últimos años), «las parejas homosexuales podrán acudir ante un notario para legalizar su unión», dijo el magistrado Juan Carlos Henao, presidente del tribunal.
«Si el 20 de junio del 2013 el Congreso no ha legislado, las parejas homosexuales pueden ir ante un notario y con la misma solemnidad del matrimonio heterosexual establecer un vínculo, con consecuencias similares al de una pareja heterosexual», agregó Henao.
Así las cosas, las parejas gays tendrían en el 2013 la posibilidad de unirse en una figura similar a la del matrimonio civil, con los derechos y deberes que ese acto implica.
El debate en la Corte
Después de una discusión de varios meses, los magistrados declararon exequible la expresión «hombre y mujer» en la definición de matrimonio, pero consideraron que la misma «no conlleva una prohibición a que exista un vínculo jurídico (entre homosexuales) similar o igual al de las parejas heterosexuales».
«Las obligaciones morales que hoy tienen las uniones de hecho (que las parejas gays legalizan ante notaría como requisito para heredar, sustitución pensional y reconocimiento de seguridad, social, derechos ya reconocidos en otras sentencias) no se pueden equiparar con las que tendría una unión formal entre homosexuales», explicó el Presidente de la Corte Constitucional.
En todo caso, el tribunal remitió la discusión al Congreso porque consideró que el debate sobre el tema debe ser lo más amplio posible, siempre y cuando termine en una «legislación integral y sistemática para que las parejas del mismo sexo se constituyan en familia».
«El nombre de la institución, llámese matrimonio civil o de cualquier otra forma, es de resorte del Congreso», estableció la Corte.
La decisión de la Corte fue interpretada como un triunfo postergado por las organizaciones gays que promovieron la demanda. Entre tanto, en la Corte queda pendiente otra demanda de esos grupos: la adopción, tema que no fue tocado en este pronunciamiento.