domingo 13 de mayo de 2012

Señor director:

Esta semana se aprobó la  ley antidiscriminación, que contiene tres elementos fundamentales: el deber del Estado de ejecutar políticas públicas a favor de la no discriminación, una acción judicial destinada a restablecer el imperio del derecho cuando una persona concreta ha sido discriminada, y una agravante penal para los delitos cometidos con motivación discriminatoria.

¿Terminará esta ley con la discriminación? Las leyes no son varitas mágicas. Sin embargo, en países altamente legalistas como Chile tienen un gran peso simbólico, por lo que es necesario que se fijen parámetros específicos de igualdad y no discriminación.

¿Atenta esta normativa contra la libertad de expresión o de cultos? No. La ley se refiere a negaciones de derechos que afectan a personas determinadas. Lo que sucede es que esta negación puede estar influida por alguna opinión o creencia. Pero en estos casos, la parte demandada deberá probar que realizó una distinción razonable y no arbitraria.

¿Implica esta ley que las personas del mismo sexo pueden contraer matrimonio? No. Primero, porque la misma norma aprobada contiene una disposición que establece que ella no puede interpretarse como modificatoria o derogatoria de otros cuerpos legales. Segundo, porque el matrimonio está regido por una norma especial que prima sobre la general (la de no discriminación).

La ley antidiscriminación no es perfecta. Podría haber especificado el deber del Estado de realizar acciones afirmativas especiales a favor de grupos históricamente discriminados. Sin embargo, es un gran avance para Chile y merece ser celebrada,  especialmente por organizaciones de la sociedad civil que han estado tanto tiempo abogando por su aprobación.

Valentina Verbal, Fundación Iguales