Señor director:
La redacción de un proyecto de ley debe estimarse un ejercicio republicano serio, que requiere un estudio previo de las normas vigentes y sus efectos en la sociedad. Este ejercicio se vuelve aún más estricto cuando se trata de la Carta Fundamental.
Lamentablemente, el proyecto de ley que pretende añadir una frase al inciso segundo del artículo 1 de la Constitución, indicando que: “El menor sólo tendrá por padres a un hombre y una mujer” no cumple con estas condiciones. Ya Jaime Guzmán, fundador de la UDI y uno de los redactores de la actual Constitución, señaló en su discusión que si bien la familia debe ser defendida en su integridad, corresponde al legislador y a la sociedad discutir qué norma, qué realidad vulnera la integridad de la familia, contrario a que la Constitución defina qué familia era íntegra.
Las normas sobre filiación hoy establecen la existencia de un vínculo jurídico exclusivo entre el hijo y su padre y madre, incluso en casos en que se desconoce la identidad de éstos.
Por lo tanto, estamos ante un proyecto que no se condice con la realidad, que se propone apresuradamente, en el marco de la presentación de una acción de protección interpuesta hace unos días, y que sólo busca impedir que las parejas del mismo sexo regularicen su situación familiar.
Tal vez esa sea la noticia para los autores del proyecto: que hoy, en Chile, existen parejas del mismo sexo que conviven y que ya tienen hijos. Y al interés superior de esos niños deben orientarse la legislación, la judicatura y la sociedad, y no a las convicciones personales de los parlamentarios que, por respetables que sean, no pueden imponerse a todas las personas.
Marcela Ruiz Calderón
Coordinadora Comisión de Legislación, Fundación Iguales
Fuente: La Tercera