Decisión se aplicará para jóvenes entre 14 y 18 años, quienes deberán ser representados quien tenga a cargo su cuidado personal. Además, se votó que en caso de que esa persona se niegue a iniciar un procedimiento, el o la adolescente podrán hacerlo directamente ante los Tribunales de Familia.
Por ocho votos y una abstención, la comisión mixta donde actualmente se discute el proyecto de ley de identidad de género, estableció que el procedimiento para que los adolescentes entre 14 y 18 años puedan acceder al cambio de nombre y sexo registral se realizará ante los Tribunales de Familia, con la representación de quién tenga su cuidado personal.
Además, por seis votos a favor, dos en contra y una abstención, establecieron que en caso de que la persona que tenga a cargo el cuidado personal se niegue a iniciar un procedimiento, el o la adolescente podrá hacerlo directamente en los tribunales asignados para esta materia, que son los de Familia.
Para el presidente ejecutivo de Fundación Iguales, Juan Enrique Pi, “el procedimiento para adolescentes nos parece adecuado, en cuanto se les asegura que podrán iniciar un procedimiento. Siempre hemos dicho que la posición más radical es cerrarles todas las puertas, y con esto podemos asegurar que, al menos, alguien va a escucharlos”.