El presente informe tiene como objetivo proveer algunos insumos al Comité de los Derechos del Niño para su consideración sobre los informes periódicos cuarto y quinto del Estado de Chile. El documento se enfoca en la situación de los niños, niñas y adolescentes LGBTI en relación a la Convención Sobre los Derechos del Niño, ratificada por Chile en 1990.
La primera parte del informe, cubre el estado actual de la implementación de la sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) emitió el 24 de Febrero de 2012 frente al caso de Atala-Riffo y Niñas vs. Chile. El fallo condenó al Estado de Chile por la decisión de la Corte Suprema, mediante la cual arrebató el cuidado y la custodia de sus tres hijas a la jueza Karen Atala en razón de su orientación sexual. En su sentencia final, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) estableció que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas por medio del artículo 1.1 de la Convención Americana. En este sentido, toda discriminación basada en ellas constituye una violación del derecho internacional, sentando un extraordinario precedente en materia de los derechos de las personas LGBT.
A la fecha de este informe, el Estado ha cumplido con las siguientes medidas de reparación ordenadas por la Corte: la provisión de atención médica y psicológica para la madre y su hija mayor, M.; la realización de un acto de reconocimiento público frente a su responsabilidad internacional; y, la compensación económica por los daños causados a la señora Atala y a su hija mayor, M. A su hija R se le proveerá esta compensación apenas cumpla 18 años de edad.2 La implementación de programas de educación y capacitación permanente dirigida Funcionarios públicos a niveles nacional y regional, y especialmente a los funcionarios judiciales de todo nivel, no se ha cumplido aún, ni siquiera como política pública, porque no existe un órgano al interior de la Administración del estado chileno que centralice y articule dichos programas y cursos permanentes. En el Poder Judicial chileno, tampoco se han elaborado dichos programas de capacitación, salvo cursos electivos y de corta duración.
Desde su última revisión periódica por parte del Comité en el año 2007, el Estado Chileno ha mostrado progresos significativos en relación a la garantía del goce pleno de los derechos de niños, niñas y adolescentes LGBT encumbrados en la Convención, sin discriminación alguna. En el año 2012, el Estado Chileno aprobó una ley para sancionar cualquier acto discriminatorio. La Ley Anti Discriminación (LAD) – popularmente conocida como Ley Zamudio, luego de que el joven Daniel Zamudio fuera brutalmente asesinado por un grupo de neonazis en razón de su orientación sexual— amplificó la urgente necesidad de brindar protección a las personas LGBT, tal como lo establece el Caso Atala-Riffo y Niñas v. Chile. En la actualidad, las organizaciones de la sociedad civil han abogado por el paso del Boletín No. 10.035-17, por medio del cual se reforma la LAD. Sin embargo, a pesar de haber los varios esfuerzos legislativos y administrativos, todavía existe una enorme falta de protección para las personas LGBT, y especialmente para las niñas, niños y adolescentes en el país; están expuestas y expuestos a discriminaciones tanto en la esfera privada, como en la esfera pública.
La segunda parte del informe discute las barreras que enfrentan los niños, niñas y adolescentes transgénero en relación a sus derechos civiles. La tercera parte del informe resalta la importancia de crear condiciones que garanticen el acceso a la educación de los niños, niñas y adolescentes LGBT, de acuerdo con el principio de la no discriminación en el ámbito escolar. Finalmente, la cuarta parte del informe se enfoca en el tema de la adopción en relación a la Ley No. 200830 de 2015, que legalizó las uniones civiles. Hace un llamado a la urgente necesidad de garantizar que los niños, niñas y adolescentes puedan crecer en ambientes familiares.
Reconociendo que la niñez debe tener protecciones especiales, este documento se presenta con la esperanza de contribuir a la revisión que hará el Comité sobre Chile, y así mismo, a la restauración de la dignidad y a la garantía plena de los derechos de los niños, niñas y adolescentes LGBT.
*Extracto informe. Para ver el documento completo, cliquea aquí.